La agresividad de nuestro sistema económico es fácilmente mesurable, baste ver la continua y cada vez mayor, desigualdad social, expresada en la precarización de las sociedades, las familias y los individuos; la cotidiana y creciente precarización de la vida.
La vida cada vez es más cara. Vox Populi
Basta observar a nuestro alrededor (esta aseveración aplica para casi todos, excepto si eres parte de la clase política o si eres mi terco compañero de Teoría 9 en la universidad). Basta caminar por las calles, seguro encontrarás que muchos de tus vecinos impulsan algún negocio pa’ sobrellevar los gastos familiares. Basta subirse al metro, donde podrías encontrarte con Arturo, ese mendigo que sube al metro con un modelo de tenis distinto en cada pie, un saco raído, barba de días y mugre por doquier, cuya única intención es que los pasajeros se compadezcan de él para obtener una moneda o algún alimento. Arturo cuenta que duerme donde le agarra la noche. Es notoria su discapacidad mental: su dificultad para hablar e hilar oraciones coherentes, toca el corazón de cuatro o cinco pasajeros, que le entregan un par de monedas, un plátano o una barra de amaranto. Ellxs continúan felices su trayecto: han hecho su buena obra del día.
Quizá su condición socioeconómica y la discapacidad con que vive no le impiden realizar ciertos trabajos físicos y/o intelectuales, pero el sistema se ha encargado de que en el ideal popular sea identificado como discapacitado, que muchxs confunden con incapacitado, es decir, inútil, incapaz de insertarse cabalmente en el modelo económico y sociopolítico. Inservible. Por esta razón, él, igual que otras tantas personas en situaciones similares -como Yolanda, que sufre ataques epilépticos y lo anuncia en el cartelito que cuelga de su cuello- se ven obligadxs a, ya sea subemplearse a cambio de condiciones poco o nada dignas, o sobrevivir mediante la mendicidad.
(Respecto al término mendigar también valdría hacer los apuntes pertinentes -en otra entrada- dada la connotación peyorativa que impera en la sociedad. No’más léanse la definición de la RAE)
¿Cómo llamar a las personas que viven con alguna discapacidad? ¿y a las personas en situación de calle? ¿Será que existe un nombre correcto, un nombre digno?
¿Cómo una persona que duerme en la calle, se cubre con periódicos y mendiga dinero puede ser digna? Se preguntarán algunxs.
Todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
Art. 1º Declaración Universal de los Derechos Humanos
Las personas con alguna discapacidad y que viven en situación de calle, están protegidas por el marco normativo en materia de Derechos Humanos del Distrito Federal, a saber:
a. El Capítulo 31 del Diagnóstico de Derechos Humanos del Distrito Federal, Derechos de las Poblaciones Callejeras, en su numeral 3172, dice que: Usar el concepto “poblaciones callejeras” significa reconocer el carácter activo de las y los más pobres y excluidos de la estructura social de un país como México, es decir, grupos humanos que sobreviven, con sus propios recursos, en medio de las adversidades de la calle. Además, esta categoría social permite acercarse a una demografía diversa y cambiante». Por otro lado, en el numeral 3213, se enfatiza que: «Resulta complicado pensar que las poblaciones callejeras serán reconocidas en su carácter ciudadano, si carecen de las formas legales mínimas para reclamar sus derechos: acta de nacimiento, comprobante de domicilio, registro de seguridad social, constancia de estudios o credencial de elector. Generalmente, las personas callejeras carecen de dichos documentos […] Tramitar un acta de nacimiento implica presentar otros documentos oficiales, de tal forma que la tarea se convierte en un círculo vicioso.»
b. Este mismo capítulo del Diagnóstico de Derechos Humanos del Distrito Federal, hace recomendaciones importantes al Estado mexicano y al GDF a partir de su numeral 3244, algunas de las cuales a la letra dicen: «El deber del Estado de tomar medidas positivas se acentúa precisamente en relación con la protección de la vida de personas vulnerables e indefensas, en situación de riesgo, como son los niños en la calle. La privación arbitraria de la vida no se limita, pues, al ilícito del homicidio; se extiende igualmente a la privación del derecho de vivir con dignidad. Esta visión conceptualiza el derecho a la vida como perteneciente, al mismo tiempo, al dominio de los derechos civiles y políticos, así como al de los derechos económicos, sociales y culturales, ilustrando así la interrelación e indivisibilidad de todos los derechos humanos.» 3252: Cualquier iniciativa pública relativa a la población callejera deberá garantizar espacios de coordinación y concertación entre los programas gubernamentales y los de la sociedad civil, y responder a las características particulares de la población callejera, poniendo especial énfasis en el fortalecimiento del tejido social que prevenga la salida de más personas a las calles y que, a la vez, dé a quienes han decidido hacerlo, las herramientas necesarias para sobrevivir con dignidad en las mismas.»
Es verdad, el marco legal para la protección y defensa de los derechos humanos de todas y todos está en el papel, pocas veces se cumplen a cabalidad, entonces la pregunta primera sería: como sociedad, ¿cuál es nuestra chamba para generar la adecuada, sensible y específica inclusión de personas como Arturo o Yolanda? ¿En qué medida estamos reduciendo o remarcando la discriminación hacia lxs posibles callejerxs? Apoyar con una moneda o algún alimento, ¿beneficia o afecta a lxs individuos?
Desde luego, no tengo yo las respuestas correctas, mi propuesta es que nos sumemos en una necesaria reflexión que abone a la defensa de los derechos humanos y la dignidad de las personas en situación de calle. Sin embargo, será siempre importante no perder de vista que hay una larga brecha, no sólo ortográfica sino conceptual, entre ayudar, dar limosna, apoyar y reconocer el derecho de las personas en situación de calle a una vida digna.
Pa’ ilustrar el artículo, dejo esta nota.